Nepotismo
Articulo de la Carta Orgánica Municipal
ARTICULO 114°.-NEPOTISMO. En el Gobierno Municipal de Puerto Esperanza se halla prohibida la designación de familiares directos de los funcionarios políticos en cualquier área de la administración pública. Se entiende por familiares directos a los parientes por consanguinidad hasta el segundo grado. Están exceptuados del presente artículo aquellos agentes que hayan ingresado con anterioridad al funcionario con el que se encuentra emparentado o quienes ingresen mediante el régimen de concurso.
Según el diccionario Definiciones de Oxford
Languages
El termino NEPOTISMO significa:
Trato de favor hacia
familiares o amigos, a los que se otorgan cargos o empleos públicos por el
mero hecho de serlo, sin tener en cuenta otros méritos.
"cada vez se persiguen
más activamente los casos de tráfico de influencias, nepotismo y otras formas
de corrupción política"
Es una forma de corrupción política, una
practica que favorece a personas, a ocupar cargos o empleos y que en la mayoría
de los casos no tienen la preparación necesaria para desarrollar la tarea que
se espera de ese funcionario, situación que en definitiva genera un perjuicio
para las personas que necesitan acudir en busca de la ayuda o soluciones que debería
gestionar ese funcionario, designado solo por ser de la confianza de quien lo
designo.
Hay una frase que lo ilustra claramente:
“Contrata a los mejores y déjalos hacer lo
que saben hacer. Sino, contrata a los más baratos y que hagan lo que tú les
dices”. Es una frase de Warren Buffet un inversor y
empresario estadounidense, considerado uno de los más grandes inversores en el
mundo.
Aunque aquí cabe una aclaración, los
contratados por NEPOTISMO, nunca son los mas baratos, mas bien todo lo
contrario.

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